Presentan iniciativa de reforma a la Ley Estatal de Salud para garantizar atención médica integral y sin discriminación a personas de la diversidad sexual y de género

  • La propuesta busca establecer capacitación obligatoria al personal de salud y prohibir prácticas destinadas a modificar la orientación sexual, la identidad o la expresión de género
  • Se plantea emitir un protocolo estatal de atención y respetar el nombre y los pronombres de las personas usuarias

San Raymundo Jalpan, Oax., a 16 de octubre de 2026.- Con el propósito de garantizar el acceso efectivo a servicios de salud dignos, integrales y libres de discriminación para las personas de la diversidad sexual y de género, una iniciativa propone adicionar el Capítulo VIII al Título Tercero de la Ley Estatal de Salud, denominado “De la Atención Integral y sin Discriminación de las Personas de la Diversidad Sexual y de Género”.

La propuesta, presentada por la diputada Sandra Daniela Taurino Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena, contempla que la Secretaría de Salud del Estado y los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) garanticen el acceso efectivo a la atención médica en condiciones de igualdad, calidad, oportunidad y respeto a la dignidad humana, sin discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género. Asimismo, plantea que el personal brinde un trato digno y libre de estigma y respete el nombre y los pronombres con los que se identifiquen las personas usuarias, tanto en la atención directa como en sus expedientes.

Además, la iniciativa propone que la Secretaría de Salud del Estado, con la coadyuvancia del Consejo Estatal para la Prevención y Control del Sida (Coesida), emita un protocolo estatal para el acceso sin discriminación a los servicios de atención médica y diseñe e imparta programas permanentes y obligatorios de capacitación y sensibilización dirigidos al personal de salud, en materia de diversidad sexual, derechos humanos, lenguaje incluyente y trato libre de estigma.

Por su experiencia en la prevención y atención del VIH, el sida y otras infecciones de transmisión sexual, el Coesida participaría, en el ámbito de sus atribuciones, en el diseño y la implementación de las acciones de atención integral, así como en la capacitación del personal de salud.

El Proyecto de Decreto también plantea prohibir, en todos los establecimientos y servicios de salud de los sectores público, social y privado del estado, la realización, oferta o promoción de tratamientos, terapias o cualquier práctica que tenga por objeto corregir, modificar, suprimir u obstaculizar la orientación sexual, la identidad o la expresión de género de las personas. Asimismo, propone que el incumplimiento de esta disposición sea sancionado conforme a la Ley Estatal de Salud y demás disposiciones aplicables.

El Proyecto de Decreto, que contempla reformar la fracción XXIX y adicionar la fracción XXX al apartado A del artículo 4, así como incorporar el Capítulo VIII al Título Tercero y los artículos 70 TER, 70 QUATER, 70 QUINQUIES, 70 SEXIES y 70 SEPTIES a la Ley Estatal de Salud, fue presentado durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXVI Legislatura y turnado a la Comisión Permanente de Salud para su estudio y dictamen.

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