Congreso local busca tipificar el delito de robo mediante marcaje bancario

  • La propuesta plantea reformar el Código Penal para establecer con mayor claridad los supuestos en que se configura esta circunstancia, incluida la participación de personal de instituciones financieras que facilite información confidencial

San Raymundo Jalpan, Oax., a 06 de noviembre de 2026.- Con el propósito de fortalecer la protección del patrimonio de las personas y brindar mayor precisión jurídica a las autoridades encargadas de investigar y perseguir el delito, se presentó en el Congreso local una iniciativa para reformar el Código Penal para el Estado, a fin de tipificar el robo cometido mediante el denominado “marcaje bancario”.

La propuesta plantea reformar la fracción XI del artículo 369 de dicho ordenamiento, para establecer que esta calificación se actualiza cuando el robo se cometa contra una persona que haya realizado operaciones de retiro, cobro, disposición o recepción de dinero, valores o títulos de crédito en una institución bancaria o financiera, siempre que el delito derive del aprovechamiento de dicha operación para seleccionar a la víctima o facilitar su comisión.

Asimismo, contempla que la misma circunstancia se configure cuando un empleado, funcionario o directivo de una institución bancaria o financiera revele, proporcione, transmita, facilite o utilice dolosamente información confidencial obtenida con motivo de sus funciones para seleccionar a la víctima o facilitar la comisión del robo, aun cuando no participe materialmente en su ejecución.

La iniciativa, promovida por el diputado Iván Osael Quiroz Martínez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, expone que el llamado “marcaje bancario” o “pitazo bancario” consiste en identificar a personas que acaban de realizar operaciones financieras que implican la disposición de recursos, como retiros de efectivo o cobro de cheques, para posteriormente despojarlas de su patrimonio mediante violencia, intimidación u otras formas de ejecución del robo.

El documento precisa que la reforma no crea nuevos delitos relacionados con la actividad bancaria ni establece obligaciones para las instituciones financieras. Tampoco modifica el alcance del secreto bancario, ni regula la prestación de servicios financieros o incorpora disposiciones para supervisar el funcionamiento de las entidades de crédito, ya que su objeto se limita a actualizar una circunstancia calificativa del delito de robo en el ámbito penal local.

La propuesta se sustenta en los principios de legalidad, taxatividad, proporcionalidad y seguridad jurídica que rigen el sistema penal mexicano, con el propósito de contar con una disposición que describa de manera más clara los supuestos en que se configura esta modalidad delictiva.

El Proyecto de Decreto fue presentado durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXVI Legislatura y turnado para su estudio y dictamen a la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia.

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