- La LXVI Legislatura avaló prohibir el uso de generadores de combustión en áreas de pernocta e impulsó inspecciones obligatorias en espacios destinados a actividades laborales o comunitarias
San Raymundo Jalpan, Oax., a 21 de septiembre de 2026.- Para salvaguardar la vida, la salud y la integridad física de las personas en la entidad, el Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos de Desastres para el Estado de Oaxaca, con el fin de regular las condiciones de seguridad en los alojamientos temporales vinculados a actividades productivas, agrícolas, forestales, comunitarias o de prestación de servicios.
El dictamen, emanado de la Comisión Permanente de Seguridad Pública y Protección Civil, establece un marco normativo preventivo obligatorio para viviendas, cabañas, cuartos, dormitorios o campamentos habilitados para que las personas pernocten o residan transitoriamente. Esta regulación será aplicable independientemente de si la estancia es gratuita u onerosa, o de la existencia de una relación laboral formal.
Entre las medidas centrales contempladas destaca la prohibición expresa de instalar o mantener en funcionamiento generadores portátiles de energía eléctrica, motores, calefactores, fogones o cualquier otro equipo a base de combustible en áreas destinadas para dormir o en espacios cerrados y semicerrados, debido al riesgo que implica la acumulación de monóxido de carbono y otros gases tóxicos. Asimismo, la norma contempla la instalación obligatoria de detectores de monóxido de carbono cuando existan fuentes fijas de combustión o riesgos de acumulación.
De igual forma, se establece que la Coordinación Estatal de Protección Civil y Gestión de Riesgos (CEPCyGR) y las Coordinaciones Municipales quedan facultadas para realizar inspecciones a este tipo de alojamientos e inmuebles, a fin de verificar las condiciones de seguridad, sin vulnerar los derechos ni las garantías constitucionales de las personas que habiten viviendas de uso estrictamente particular.
La propuesta, que reforma el artículo 110 y adiciona la fracción II Bis al artículo 4, así como el artículo 70 Bis a la citada norma, fue presentada por el diputado Iván Osael Quiroz Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.
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